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Con licencia para lactar

Juan Pablo
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Como complemento a la ampliación de la licencia de maternidad aprobada por el Congreso en días pasados, este mismo organismo acaba de aprobar el proyecto de ley 034/15C-186/16S; el cual modifica el articulo 238 del Código Sustantivo del Trabajo, referente al período de lactancia.

Este artículo establece que el empleador deberá conceder a la madre lactante al regreso de su licencia de maternidad, dos descansos de 30 minutos cada uno para amamantar a su hijo, sin que esto implique una reducción en el salario devengado.

Con el proyecto aprobado, adicionalmente se exige a las empresas públicas y privadas, cuyo capital sea superior a 1.500 salarios mínimos, o con capitales inferiores pero con más de 50 trabajadores, a adecuar dentro de sus instalaciones, un espacio digno para que las mujeres lactantes puedan extraer su leche dentro de la jornada laboral y almacenarla de acuerdo a normas técnicas de seguridad.

El Ministerio de Salud, será el encargado de vigilar la implementación y funcionamiento de dichas salas en todas las empresas del país que cumplan con los requisitos antes mencionados.

Para la implementación de esta norma, las empresas con más de 1.000 empleados contarán con un lapso de 2 años; y aquellas que cuenten con menos de este número con 5 años.

Estas dos medidas, la ampliación de la licencia de maternidad y la implementación de salas de lactancia en las empresas, constituyen un gran avance legislativo en el país en materia de protección a la maternidad y la primera infancia.


El Equipo de la Liga
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